Pensión Bienestar para personas con discapacidad: requisitos y registro
La Pensión Bienestar para personas con discapacidad paga $1,650 al mes en 2026, entregados cada dos meses ($3,300), y el registro se hace en los módulos con un certificado médico de una institución pública que diga discapacidad permanente. Entran de 0 a 29 años en todo el país, y de 30 a 64 según el estado o la localidad donde vivas.
Puntos clave
- Monto 2026: $1,650 mensuales, pagados de forma bimestral ($3,300), según las Reglas de Operación.
- De 0 a 29 años: en todo el país.
- De 30 a 64 años: si vives en un estado con convenio de universalización, o en un municipio o localidad indígena, afromexicana o con alto o muy alto grado de marginación.
- Documento clave: certificado o constancia médica de una institución pública que señale discapacidad permanente.
- Pago de marcha: $1,650 por única vez para la persona adulta auxiliar si fallece la persona titular.
Es una de las pensiones del Bienestar con más dudas, porque la regla de edad cambia según dónde vivas y porque el certificado médico es el papel que más regresos provoca. Esta guía sigue lo que dicen las Reglas de Operación 2026.
Cuánto paga y cómo llega
Las Reglas de Operación 2026 de la Pensión para el Bienestar de las Personas con Discapacidad Permanente fijan el apoyo en $1,650 mensuales, pagaderos bimestralmente, y dicen que el monto se actualizará a partir de 2027. El depósito llega a la tarjeta bancaria que entrega el programa, sin intermediarios.
| Apoyo | Monto 2026 |
|---|---|
| Pensión mensual, entrega bimestral | $1,650 al mes ($3,300 por bimestre) |
| Pago de marcha, por única ocasión | $1,650 a la persona adulta auxiliar |
| Apoyo en especie (0 a 17 años) | Servicios de rehabilitación, según disponibilidad |

Quién puede registrarse
Las Reglas establecen un orden de preferencia:
- Niñas, niños, adolescentes y jóvenes de 0 a 29 años cumplidos, en cualquier estado.
- Personas de 30 años hasta un día antes de cumplir 65 que vivan en municipios o localidades indígenas o afromexicanas, o con alto o muy alto grado de marginación.
- Personas de 30 años hasta un día antes de cumplir 65 que vivan en un estado cuyo gobierno firmó el Convenio para la Universalización de la pensión.
Además hay que ser mexicano por nacimiento o naturalización y tener domicilio actual en México: el programa no registra a personas que residen en el extranjero. Para saber si tu estado tiene convenio, pregunta en tu Módulo de Atención o en la ficha oficial del programa.
Documentos de la persona con discapacidad
- Acta de nacimiento.
- Identificación vigente: credencial para votar, pasaporte o credencial del INAPAM. Si no tiene, se acepta la identificación de su persona adulta auxiliar.
- CURP.
- Certificado o constancia médica de una institución pública de salud federal, estatal o municipal que señale la discapacidad permanente.
- Comprobante de domicilio de máximo seis meses, o constancia de residencia de la autoridad local.
- Formato de Registro de Personas con Discapacidad.
El certificado médico es el que más regresos causa: tiene que venir de una institución pública y decir expresamente «discapacidad permanente». Un resumen de un médico particular o una receta no sirven. Lleva original y copia de todo para el cotejo. La lista general está en documentos de la Pensión Bienestar.
La persona adulta auxiliar
Es quien hace los trámites cuando la persona con discapacidad no puede, por ejemplo la mamá o el papá de un niño. Se registra con acta de nacimiento, identificación, CURP, comprobante de domicilio y el formato. Si la persona titular fallece, la auxiliar puede pedir el pago de marcha de $1,650. Más detalles en la persona adulta auxiliar en la Pensión Bienestar.
Dónde te registras
En los Módulos de Atención de la Secretaría de Bienestar, no por internet ni por WhatsApp. Te toca el de tu domicilio: lo explica qué Módulo de Bienestar te corresponde. Si te ofrecen registrarte por redes sociales, lee por qué no hay registro por WhatsApp o Facebook.
Errores frecuentes
- Llevar un certificado de un médico particular en lugar de uno de una institución pública.
- Llevar un certificado que no dice «permanente».
- Ir al módulo de otro municipio.
- Dar por hecho que a los 30 años ya no hay derecho: depende del estado y de la localidad.
Apoyo en especie para menores
Para niñas, niños y adolescentes de 0 a 17 años, las Reglas prevén además un apoyo en especie: servicios de rehabilitación, sujetos a la disponibilidad del programa. Para pedirlo se entrega un certificado o constancia médica que acredite que necesita rehabilitación, emitido por una institución pública o privada acreditada por el Sistema Nacional de Salud, y el mismo formato de registro.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto paga la pensión por discapacidad en 2026?
$1,650 al mes, entregados cada dos meses como $3,300.
¿Si tengo 40 años puedo entrar?
Si vives en un estado con convenio de universalización o en una localidad indígena, afromexicana o de alta marginación. De 0 a 29 años entras en todo el país.
¿Sirve el certificado de un médico particular?
No. Tiene que ser de una institución pública de salud y señalar la discapacidad permanente.
¿Puedo registrar a mi hijo sin llevarlo al módulo?
Pregunta en tu módulo; como persona adulta auxiliar llevas sus documentos y los tuyos.
¿Qué pasa si fallece la persona titular?
Su persona adulta auxiliar puede pedir el pago de marcha de $1,650 por única vez.
Fuentes
Los datos de esta nota se contrastaron con estas fuentes oficiales.
- Reglas de Operación 2026 de la Pensión para el Bienestar de las Personas con Discapacidad Permanente · Diario Oficial de la Federación
- Pensión para el Bienestar de las Personas con Discapacidad Permanente · Secretaría de Bienestar






