Pareja de jubilados caminando del brazo junto al logotipo del IMSS

Pensión del IMSS con 250 semanas cotizadas: qué opciones existen

Puntos clave

  • Con 250 semanas te faltan otras 250: casi cinco años de cotización.
  • No es poco, pero es un plazo manejable si tienes 50 y algo.
  • Primero hay que confirmar que son 250 de verdad: puede haber más sin reconocer.
  • Si la vigencia venció, eso va antes que cualquier plan de acumulación.
  • Con este historial conviene cotizar al salario más bajo, no al tope.

Doscientas cincuenta semanas son unos cinco años de trabajo formal, repartidos quizá en dos o tres empleos de juventud. Es un punto de partida frecuente y no es un caso perdido, pero exige entender bien la aritmética.

La cuenta, sin adornos

El mínimo de la Ley 73 son 500 semanas. Con 250 acumuladas, faltan 250. Como el año tiene 52 semanas, eso son poco menos de cinco años cotizando de forma continua.

Tu edad hoyLlegarías a las 500 a los¿Llegas a la edad de trámite?
50 años55Sí, con margen de sobra
55 años60Sí, justo a tiempo
58 años63Sí, tramitando más tarde
62 años67Sí, pero pasada la edad óptima

La tabla muestra algo importante: la edad no cierra la puerta. No hay límite superior para solicitar. Lo que cambia es el porcentaje que se reconoce, y eso ya está al 100 % a partir de los 65.

Mano sosteniendo billetes de quinientos pesos mexicanos
Faltan 250 semanas: casi cinco años. La edad no cierra la puerta, solo mueve el porcentaje.

Antes de empezar a pagar: ¿son 250 de verdad?

Este paso ahorra años de cotización innecesaria, y se salta casi siempre.

Hay tres razones frecuentes por las que el reporte muestra menos semanas de las que corresponden:

Si alguna aplica, puedes descubrir que tienes 400 en lugar de 250. Eso reduce el plan de cinco años a dos.

El paso que va primero de todos

Con 250 semanas, tu conservación de derechos duró unas 62 semanas desde tu última baja. Poco más de un año.

Si dejaste de cotizar hace más de eso —y con este perfil casi siempre es así— la vigencia está vencida. Reactivarla es la condición para cualquier otra cosa, y la vía habitual es la Modalidad 10.

Entrar directo a Modalidad 40 sin vigencia activa no procede. Es el error que más tiempo hace perder en este perfil concreto.

Logotipo del IMSS sobre un escritorio con documentos
Con pocas semanas la vigencia es corta. Reactivarla va antes que sumar.

Con qué salario cotizar

Aquí hay una recomendación bastante clara para este perfil: el más bajo posible, al menos al principio.

La razón es que lo que te falta son semanas, no salario promedio. Pagar al tope durante cinco años para sumar tiempo multiplica el costo sin multiplicar el resultado, porque el promedio que cuenta es el de las últimas 250 semanas antes de la baja.

Si en los últimos años antes de tramitar quieres levantar ese promedio, ese es el momento de subir, y no antes. La lógica completa está en cómo se calcula la pensión de Ley 73.

Qué esperar al final

Con un historial de 500 semanas justas y salarios bajos, es probable que el cálculo caiga en el piso de la pensión mínima garantizada.

Conviene saberlo de entrada por dos motivos. El primero, para no llevarse una decepción. El segundo, más práctico: si vas a quedar en la mínima, gastar de más en subir el salario base no cambia el resultado.

Aun así, esa pensión es vitalicia y viene con servicio médico y aguinaldo. Comparada con no tener nada, la diferencia es grande.

Preguntas frecuentes

¿Puedo pensionarme con 250 semanas?

Por cesantía o vejez de la Ley 73, no: el mínimo son 500 y no admite excepción. Lo que sí puedes es completarlas.

¿Las semanas viejas cuentan igual que las nuevas?

Sí, para el conteo del mínimo todas valen lo mismo. Lo que no pesa igual es el salario: solo cuenta el de las últimas 250 semanas.

¿Conviene un patrón que me dé de alta?

Si es un empleo real, es la vía natural y además no la pagas tú. Lo que no procede es la simulación laboral: registrarte sin relación de trabajo real puede costarte la pensión aunque ya la estés cobrando.

¿Cuánto voy a cobrar?

Depende de tu salario promedio final, de tus semanas totales y de tu edad al tramitar. Cualquier cifra dicha sin ver tu reporte es una suposición.

Fuentes consultadas


Última actualización: 9 de agosto de 2026. Este artículo tiene fines informativos y no sustituye un dictamen individual. Consulta la información oficial en el portal del IMSS.

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