Ley 73 o Ley 97 del IMSS: cómo saber cuál te corresponde
Puntos clave
- La frontera es una sola fecha: el 1 de julio de 1997.
- Basta un día cotizado antes de esa fecha para quedar en el régimen anterior.
- En Ley 73 el monto sale del salario promedio; en Ley 97, del saldo de tu cuenta individual.
- Tener NSS viejo no basta: lo que cuenta es haber cotizado.
- Se comprueba en un paso, mirando la primera alta de tu reporte.
Todo el sistema de pensiones del IMSS se parte en dos el 1 de julio de 1997. De qué lado de esa fecha caiga tu primera cotización depende quién paga tu pensión y cómo se calcula.
La diferencia de fondo
| Ley 73 | Ley 97 | |
|---|---|---|
| Quién paga | Gobierno Federal a través del IMSS | Tu cuenta individual de AFORE |
| Cómo se calcula | Fórmula de la ley: semanas cotizadas y salario promedio | Según el saldo acumulado |
| Semanas mínimas | 500 | Más de mil, según el año |
| Qué mueve el monto | Las últimas 250 semanas cotizadas | Aportaciones y rendimientos de toda la vida |
En Ley 73 el resultado depende de una fórmula que puedes conocer de antemano. En Ley 97 depende de cuánto lograste acumular. Son dos lógicas distintas y por eso las estrategias también lo son.
Un solo día define el régimen
Si cotizaste ante el IMSS aunque fuera un día antes del 1 de julio de 1997, conservas el derecho a elegir el régimen de 1973 al momento de pensionarte.
Es un derecho adquirido, no una concesión. No se pierde por dejar de cotizar, ni por cambiar de trabajo, ni por irte del país. Lo desarrollamos en la guía de la pensión Ley 73 del IMSS.
Si tu primer registro fue posterior a esa fecha, perteneces a la Ley 97 y tu pensión depende de tu AFORE.
Cómo confirmarlo sin suponer

El único documento que lo prueba es tu Reporte de Semanas Cotizadas, que se descarga gratis en el portal del IMSS con tu CURP, tu NSS y un correo electrónico.
Busca el primer renglón del historial: ahí aparece la fecha de tu primera alta con su patrón. Si es anterior al 1 de julio de 1997, estás dentro.
Dos advertencias sobre atajos que no funcionan. La primera: el año que aparece en tu Número de Seguridad Social indica cuándo se tramitó el número, no cuándo cotizaste. La segunda: hay modalidades de alta anteriores a 1997 que no corresponden al régimen obligatorio como trabajador y no generan el derecho.
El momento en que se decide, y no tiene vuelta

Al presentar la solicitud de pensión, el IMSS te pone enfrente un documento de Elección de Régimen y te pregunta por cuál quieres pensionarte. El Instituto está obligado a preguntarlo; no a decirte cuál te conviene.
Una vez firmado, la elección es definitiva. Quien tenía derecho a Ley 73 y firmó por Ley 97 casi siempre lo hizo por no haberlo revisado antes. Llega sabiendo qué dice tu reporte y qué requisitos cumples.
Qué cambia en tu plan según el régimen
Si eres Ley 73, lo que más pesa en tu pensión son las semanas y el salario de los últimos años: conviene cuidar los dos. Si eres Ley 97, lo que pesa es el saldo de tu cuenta AFORE y las semanas que pide la ley, que en 2026 son 875 y suben cada año hasta llegar a 1,000 en 2031.
Preguntas frecuentes
Tengo 55 años, ¿soy Ley 73?
Probablemente, pero la edad no lo decide. Alguien de 55 que se dio de alta por primera vez en 1999 está en Ley 97. Lo confirma la fecha de tu primera cotización, no tu año de nacimiento.
¿Puedo elegir Ley 97 si me conviene más?
Quien pertenece a Ley 73 puede optar por cualquiera de los dos regímenes al tramitar. Al revés no: quien empezó a cotizar después de julio de 1997 no puede elegir el régimen anterior.
Coticé tres meses en 1996 y nunca más, ¿cuenta?
Cuenta para determinar el régimen. Otra cosa es que con tres meses te falten semanas para el mínimo de 500, que sí es un requisito aparte y se puede completar.
Fuentes consultadas
- Ley del Seguro Social — régimen de 1973 y disposiciones transitorias de 1997.
- Portal oficial del Instituto Mexicano del Seguro Social.
Última actualización: 7 de agosto de 2026. Este artículo tiene fines informativos y no sustituye un dictamen individual. Consulta la información oficial en el portal del IMSS.





