Cómo se calcula la pensión de Ley 73: las últimas 250 semanas
Puntos clave
- No promedia toda tu vida laboral: promedia tus últimas 250 semanas, unos cinco años.
- Esa ventana es la única en la que una estrategia todavía puede mover el monto.
- El resultado se arma con cuantía básica más incrementos por cada 52 semanas sobre las primeras 500.
- Duplicar el salario base no duplica la pensión: la cuantía básica baja conforme el salario sube.
- Al final se aplica el porcentaje por edad, y esa reducción es permanente.
La pensión de Ley 73 no promedia toda tu vida laboral. Ese es el malentendido que más dinero cuesta, y entenderlo bien es lo que separa una estrategia útil de un gasto sin retorno.
La base: las últimas 250 semanas
El cálculo parte del promedio del salario con el que cotizaste durante tus últimas 250 semanas, es decir, aproximadamente los últimos cinco años antes de la baja.
Tres consecuencias directas:
- El salario con el que cotizaste hace veinte años no entra en el resultado final.
- Esos últimos cinco años son la única ventana en la que una estrategia todavía puede mover el monto.
- Quien deja de cotizar diez años antes de tramitar arrastra ese promedio hasta el final.
Es exactamente la razón por la que existe la Modalidad 40: permite intervenir en esa ventana eligiendo el salario base de cotización.
Los dos componentes del artículo 167
Sobre ese salario promedio, el artículo 167 de la Ley del Seguro Social de 1973 arma la pensión con dos piezas:
- Una cuantía básica, que es un porcentaje del salario promedio.
- Un incremento anual por cada 52 semanas cotizadas por encima de las primeras 500.
Y aquí viene lo que sorprende a casi todos: la cuantía básica es proporcionalmente mayor cuanto más bajo es el salario. Desciende conforme el salario sube.
Por eso duplicar el salario base no duplica la pensión. Y por eso dos personas que invierten exactamente lo mismo pueden terminar con resultados muy distintos, según de dónde partían y cuántas semanas tenían.

Después se aplica el porcentaje por edad
Si te pensionas por cesantía en edad avanzada, al resultado se le aplica un porcentaje según tu edad, conforme al artículo 171:
| Edad al solicitar | Porcentaje |
|---|---|
| 60 años | 75 % |
| 61 años | 80 % |
| 62 años | 85 % |
| 63 años | 90 % |
| 64 años | 95 % |
| 65 años (vejez) | 100 % |
Esa reducción es permanente: no se corrige al cumplir 65. Es una de las decisiones con más impacto de todo el trámite.
Lo que puede sumarse al final
Al monto resultante pueden añadirse asignaciones familiares por cónyuge, hijos o ascendientes, y una ayuda asistencial en determinados supuestos. Los porcentajes están fijados en la propia ley y dependen de la composición de tu familia al momento del trámite.
La pensión incluye además un aguinaldo anual y se actualiza de forma periódica conforme a la normativa vigente.
El tope en UMAs
El salario base de cotización tiene un máximo expresado en veces la UMA, la Unidad de Medida y Actualización que publica el INEGI cada año.
Para 2026 la UMA vale 117.31 pesos diarios, 3,566.22 mensuales y 42,794.64 anuales, vigente desde el 1 de febrero. Como cambia cada año, cualquier proyección hecha con el valor de un ejercicio anterior queda desfasada.
Por qué nadie puede decirte el monto sin ver tu reporte
Júntalo todo y quedan cuatro variables: semanas totales, salario promedio de las últimas 250, edad al tramitar y composición familiar. Ninguna se puede suponer.
Cualquier cifra dicha antes de leer tu Reporte de Semanas Cotizadas es una suposición, por más segura que suene. Y es también la razón por la que las calculadoras genéricas de internet dan resultados que después no se cumplen.

Preguntas frecuentes
¿Conviene subir el salario al tope?
Depende de cuántas semanas tengas y de cuántos años te falten. Como la cuantía básica baja cuando el salario sube, el rendimiento de cada peso invertido no es constante. Se calcula caso por caso.
¿Sirve de algo tener más de 500 semanas?
Sí. Cada 52 semanas por encima de las primeras 500 suman un incremento anual al cálculo. No es lo mismo pensionarse con 500 que con 1,500.
Coticé con salario mínimo toda mi vida, ¿hay algo que hacer?
Precisamente porque solo cuentan las últimas 250 semanas, sí hay margen. Esa es la lógica de la Modalidad 40. Cuánto margen depende de cuántos años te queden y de tu presupuesto.
Fuentes consultadas
- Ley del Seguro Social — artículos 167 y 171 de la ley de 1973.
- Diario Oficial de la Federación — valor de la UMA 2026 publicado por el INEGI.
Última actualización: 7 de agosto de 2026. Este artículo tiene fines informativos y no sustituye un dictamen individual. Consulta la información oficial en el portal del IMSS.






